Tras el fallecimiento de un ser querido son muchos los sentimientos, pero también las dudas, que nos asaltan: ¿Cómo cancelar las cuentas bancarias del difunto? ¿Debemos borrar sus redes sociales? ¿Cómo avisar a todos sus seres queridos?. Entre ellas destaca también una cuestión inminente: ¿Cuánto tiempo debe pasar entre el fallecimiento y la celebración del funeral?
Lo primero que debemos hacer es averiguar si el fallecido disponía de un seguro de deceso. En caso afirmativo, la compañía aseguradora nos asesorará en los pasos que debemos seguir. Si no dispone de este seguro debemos ponernos en contacto con una empresa funeraria, que igualmente sabrá guiarnos en el proceso. En ambos casos, y siempre que la muerte no se haya producido de manera violenta, el tiempo que se debe esperar entre el fallecimiento y el funeral es al menos de 24 horas, en las cuales se llevarán a cabo las gestiones pertinentes.
Entre ellas: obtener el certificado de defunción (documento oficial que acredita el fallecimiento); inscripción de la defunción en el Registro Civil (los agentes funerarios, en representación de la familia, suelen ser quienes lo realizan); o la licencia de entierro (lo que permite dar sepultura o incinerar al difunto).
En caso de que la muerte se haya producido de manera violenta no es sencillo establecer un plazo, ya que será el juez, que puede autorizar la autopsia del cuerpo, el encargado ordenar su devolución a la familia. Si la causa de la muerte es clara, la devolución suele llevarse a cabo en un periodo corto de tiempo (cercano a las 24 horas), sin embargo, si la investigación es compleja el tiempo se alargará hasta la autorización del magistrado.
Por innovaFuneraria
Debe aclararse que el funeral, no es lo mismo que el destino final del cadáver. Ésto es, el funeral se puede hacer antes o después de las 24 horas, no así, el enterramiento o la incineración, que deben pasar 24 horas como mínimo y antes de las 48 horas como norma general. Aunque hay excepciones y situaciones dónde, practicando las intervenciones oportunas, se pueden superar ese margen de 48 horas, y en casos muy concretos se puede realizar antes de las 24 horas.