Nuestras mascotas son fieles amigos que, en numerosas ocasiones, nos acompañan una gran parte de nuestra vida. Consideradas por muchos un miembro más de la familia, perros y gatos tienen una esperanza de vida menor que la de los humanos, por lo que es posible que nos toque enfrentarnos a la muerte de nuestra mascota.
Cuando nuestra mascota fallece, lo primero que debemos tener en cuenta es qué queremos hacer con su cuerpo. Lo primero que debes saber es que, por supuesto, está terminantemente prohibido arrojar sus cuerpos a la basura. Una vez aclarado este punto, debes saber que la legislación que rige las normas para su enterramiento depende de cada comunidad autónoma.
¿A quién llamo en caso de fallecimiento de mi mascota?
En el caso de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, desde 2019 se permite el enterramiento de mascotas. Eso sí, siempre y cuando no hayan muerto por una enfermedad de declaración obligatoria. Además, el lugar elegido no debe suponer ningún peligro para la salud pública, animal ni para el medio ambiente.
La muerte de una mascota es un momento complicado, por ello, es mejor que la primera opción sea llamar al veterinario o a los servicios municipales, profesionales que sabrá asesorarnos. En este sentido, numerosos ayuntamientos ofrecen el servicio gratuito de recogida para los cuerpos de estos animales.
Por el contrario, si decides ocuparte personalmente de la gestión, revisa tu seguro de mascotas (quizá cubra el procedimiento) o bien puedes consultar y contratar los servicios de una empresa privada que se encargará tanto de la incineración como del enterramiento de tu mascota.